¿Qué es un burofax y por qué importa en la reclamación de deudas?
Un burofax es un servicio de Correos (y de operadores equivalentes) que combina el envío de un documento escrito con la certificación de su contenido y de la entrega al destinatario. A diferencia de un correo electrónico o un SMS, el burofax tiene valor probatorio ante los tribunales: acredita qué dijiste, cuándo lo enviaste y si el destinatario lo recibió.
En el contexto de reclamación de deudas, enviar un burofax antes de emprender acciones judiciales cumple tres funciones clave:
- Notificación fehaciente: el deudor no puede alegar que no sabía que le reclamabas.
- Interrupción de la prescripción: el plazo para reclamar (5 años en deudas civiles) se reinicia desde el envío.
- Presión negocial: muchos deudores pagan al recibir un burofax para evitar el juicio.
💡 Dato clave: El burofax con certificación de contenido y acuse de recibo tiene la misma validez jurídica que una notificación notarial, a una fracción del coste.
¿Es obligatorio enviar un burofax antes del juicio monitorio?
No. La Ley de Enjuiciamiento Civil (arts. 812 y siguientes LEC) no exige haber enviado un burofax previo para poder interponer un juicio monitorio. Puedes ir directamente al juzgado con los documentos que acrediten la deuda (factura, contrato, albarán…).
Sin embargo, enviarlo antes tiene ventajas prácticas muy reales:
- En muchos casos el deudor paga antes de que haya que entrar en el juzgado, ahorrando tiempo y costes.
- Si el deudor se opone en el monitorio, el burofax refuerza tu posición al mostrar que la deuda fue reclamada y el deudor no actuó de buena fe.
- Acredita que intentaste la vía amistosa antes de litigar, lo que puede pesar en la condena en costas.
⚠️ Excepción importante: Para determinados procedimientos como el desahucio por impago de alquiler o ciertas reclamaciones laborales, la reclamación previa sí es un requisito legal. Consulta siempre con un abogado antes de iniciar cualquier acción judicial.
Cómo enviar un burofax paso a paso
Escribe la carta de reclamación (más adelante te damos un modelo). Incluye: identificación de ambas partes, descripción de la deuda, importe exacto, plazo para pagar y advertencia de acciones legales.
Lleva el documento impreso. Solicita el servicio «Burofax con certificación de contenido y acuse de recibo». También existen servicios online (Burofax.com, Correos Digital…) con la misma validez.
Guarda el justificante de envío, la copia del contenido certificado y, cuando llegue, el acuse de recibo. Estos tres documentos son tu prueba si el caso llega al juzgado.
Lo habitual es dar entre 5 y 15 días para que el deudor responda o pague. Si no hay respuesta en ese plazo, puedes iniciar el juicio monitorio.
¿El deudor sigue sin pagar?
Nuestros abogados te ayudan a redactar el burofax y, si hace falta, a iniciar el juicio monitorio. Primera consulta sin coste.
Ver cómo te ayudamos →Modelo de burofax de reclamación de deuda
A continuación te ofrecemos un modelo estándar. Adáptalo a tu situación concreta: añade los datos de las partes, el origen exacto de la deuda y los documentos que tengas (factura, contrato, etc.).
[Ciudad], [fecha]
REMITENTE: [Tu nombre completo o razón social], con DNI/CIF [número], domicilio en [dirección].
DESTINATARIO: [Nombre del deudor], con DNI/CIF [número], domicilio en [dirección].
Mediante el presente burofax me dirijo a usted para reclamarle formalmente el pago de la cantidad de [IMPORTE] euros, correspondiente a [descripción breve de la deuda: factura nº X de fecha X, préstamo concedido en fecha X, servicios prestados en concepto de X…].
Dicha deuda es líquida, vencida y exigible, habiéndose superado el plazo de pago acordado / sin que haya recibido respuesta a mis reclamaciones previas.
Le requiero para que, en el plazo de [10/15] días hábiles desde la recepción del presente burofax, proceda al abono íntegro de la cantidad indicada mediante transferencia a la cuenta [IBAN] o por cualquier otro medio que acredite el pago.
En caso de no atender este requerimiento en el plazo indicado, me veré en la obligación de iniciar las acciones legales oportunas para la recuperación de la deuda, incluyendo el juicio monitorio y, en su caso, la solicitud de embargo de sus bienes, con los costes procesales y de honorarios que ello conlleva.
Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier acuerdo extrajudicial.
[Tu nombre y firma]
¿Qué pasa si el deudor no recoge el burofax?
Es habitual que algunos deudores, sabiendo lo que contiene el envío, se nieguen a recibirlo o no acudan a recogerlo. Desde el punto de vista jurídico, esto no te perjudica:
- Correos realiza un intento de entrega y deja aviso.
- Si no se recoge, emite un certificado de «no recogido» o «ausente».
- Los tribunales entienden que el intento de notificación cumple su función: el deudor tuvo la oportunidad de conocer la reclamación.
- El certificado de no recogida es también un documento válido para el procedimiento monitorio.
✅ Jurisprudencia: El Tribunal Supremo tiene asentado que la negativa a recibir una notificación o el intento fallido por causa imputable al destinatario no impide que la comunicación surta sus efectos legales.
Burofax electrónico: ¿tiene la misma validez?
Sí, siempre que el servicio garantice la fehaciencia del envío y del contenido. Existen plataformas acreditadas (Correos Digital, Lleida.net, entre otras) que emiten certificados electrónicos con firma de tiempo y hash del documento, que tienen plena validez probatoria.
El burofax electrónico es más rápido, más barato (en torno a 5–10€) y puedes enviarlo desde cualquier lugar. La única diferencia práctica es que la entrega se produce por email o acceso a plataforma, por lo que si el deudor no tiene acceso digital o alega no haberlo recibido, puede ser más fácil rebatirlo. Para importes altos o situaciones conflictivas, el burofax postal tradicional sigue siendo la opción más sólida.
Después del burofax: el juicio monitorio
Si el deudor no paga ni responde en el plazo fijado, el paso natural es iniciar el juicio monitorio. Es el procedimiento judicial más rápido y económico para cobrar deudas documentadas. No requiere abogado ni procurador para deudas de hasta 2.000 €.
El burofax que enviaste actuará como prueba de que el deudor conocía la deuda y eligió no pagar. Esto refuerza tu posición en el procedimiento y puede influir en la condena en costas si el deudor se opone sin fundamento.
Iniciamos el monitorio por ti
Si ya enviaste el burofax y el deudor no ha pagado, nuestros abogados se encargan de todo el proceso. Sin coste anticipado en muchos casos.
Consulta tu caso gratis →Preguntas frecuentes sobre el burofax de reclamación de deuda
¿Es obligatorio enviar un burofax antes del juicio monitorio?
No es legalmente obligatorio para iniciar un monitorio, pero sí es muy recomendable. El burofax acredita que reclamaste la deuda fehacientemente y que el deudor tuvo conocimiento. Esto fortalece tu posición procesal y, en muchos casos, el deudor paga al recibirlo para evitar el juicio.
¿Qué pasa si el deudor no recoge el burofax?
Si el burofax no es recogido, Correos emite un aviso de intento de entrega. Jurídicamente, se considera que el deudor tuvo posibilidad de conocer la reclamación: la notificación surte efectos igualmente. Puedes usar esa certificación de no recogida como prueba en el procedimiento monitorio.
¿Cuánto cuesta enviar un burofax?
Un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo cuesta entre 15€ y 30€ en Correos. Los burofax electrónicos de plataformas acreditadas pueden costar entre 5€ y 10€ con la misma validez jurídica.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una deuda?
El plazo de prescripción general para reclamar deudas es de 5 años desde que la deuda fue exigible (art. 1964 Código Civil). El envío de un burofax interrumpe el plazo de prescripción, reiniciando el cómputo desde cero.
¿Puedo enviar el burofax yo mismo sin abogado?
Sí, cualquier particular puede enviar un burofax desde cualquier oficina de Correos sin necesidad de abogado. Sin embargo, si la deuda es relevante o prevés litigio, es recomendable que un abogado revise el contenido para que tenga el máximo efecto jurídico.