¿Qué es la prescripción de una multa de tráfico?

La prescripción es el efecto extintivo que produce el paso del tiempo sobre una infracción cuando la administración no actúa dentro del plazo legalmente establecido. Es un principio básico del derecho sancionador: el Estado no puede perseguir una infracción indefinidamente.

En el ámbito del tráfico, la prescripción está regulada en el artículo 90 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV), reformada en 2021. Existen dos figuras distintas que conviene no confundir:

  • Prescripción de la infracción: afecta al procedimiento sancionador antes de que se dicte resolución firme.
  • Caducidad/prescripción de la sanción: afecta a la ejecución de una sanción ya firme que la administración no ejecuta en plazo.

Plazos de prescripción de las infracciones de tráfico

El artículo 90 LTSV establece plazos distintos según la gravedad de la infracción:

3m
Infracciones leves

Ejemplos: exceso de velocidad leve (hasta 20 km/h sobre el límite), no llevar cinturón, hablar por el móvil, aparcar incorrectamente.

6m
Infracciones graves

Ejemplos: exceso de velocidad entre 21 y 40 km/h sobre el límite, saltarse un semáforo en rojo, no respetar la preferencia de paso, conducir con el móvil de forma temeraria.

1a
Infracciones muy graves

Ejemplos: superar en más de 40 km/h el límite de velocidad, conducir bajo influencia de alcohol o drogas, conducción temeraria, no detenerse ante la señal de STOP de la autoridad.

📋 Referencia legal: Art. 90.1 Ley 18/2009 (que modifica el RDL 339/1990). El cómputo del plazo comienza desde la fecha de comisión de la infracción, no desde que el conductor la conoce.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo?

El plazo de prescripción comienza a contar desde el día en que se comete la infracción. Esto es importante: no desde que recibes la notificación, sino desde el momento del hecho.

Por tanto, si la DGT tarda más de 3 meses en notificarte una infracción leve desde la fecha de la denuncia original, la infracción puede haber prescrito.

⚠️ Ojo con los radares fijos: La DGT tiene un margen para tramitar y notificar. En radares automáticos, la notificación puede demorarse semanas. Si la infracción es leve y la notificación llega con más de 3 meses de retraso respecto al día de la infracción, hay base para alegar prescripción.

¿Qué actos interrumpen la prescripción?

La prescripción no corre sin interrupción. Los siguientes actos interrumpen el plazo y lo reinician desde cero:

  1. Notificación de la denuncia al titular del vehículo o al conductor infractor. Este es el acto más habitual que interrumpe la prescripción.
  2. Cualquier acto de instrucción del expediente notificado al interesado: apertura del procedimiento, solicitud de identificación del conductor, petición de alegaciones.
  3. Presentación de alegaciones o recursos por parte del infractor: al actuar, el propio interesado interrumpe la prescripción que pudiera estar corriendo.

La clave está en la notificación efectiva: si el acto de instrucción no llega correctamente al interesado (domicilio erróneo, intento fallido sin agotar los cauces legales...), no interrumpe el plazo prescriptivo.

Prescripción de la sanción firme: el plazo para ejecutar

Distinto a lo anterior es el supuesto en que la sanción ya es firme en vía administrativa (has agotado los recursos o has dejado pasar los plazos) pero la DGT no te ha cobrado ni ha iniciado la ejecución.

Conforme al artículo 92 LTSV, las sanciones pecuniarias de tráfico prescriben al año de haber adquirido firmeza si la DGT no ha iniciado la vía ejecutiva de cobro en ese tiempo.

Figura ¿Cuándo aplica? Plazo Base legal
Prescripción de la infracción Antes de resolución firme 3 / 6 / 12 meses según gravedad Art. 90 LTSV
Prescripción de la sanción Resolución firme sin ejecución 1 año desde firmeza Art. 92 LTSV

¿Cómo sé si mi multa ha prescrito?

Para evaluar si ha operado la prescripción debes revisar:

  1. Fecha exacta de la infracción (consta en la notificación de la denuncia).
  2. Fecha de la primera notificación válida que recibiste de la DGT o el órgano sancionador.
  3. Gravedad de la infracción (leve / grave / muy grave) para saber qué plazo aplica.
  4. Verificar que no existan actos de instrucción notificados que hayan interrumpido el plazo entre esas dos fechas.

Si el tiempo transcurrido entre la fecha de la infracción y la primera notificación válida supera el plazo legal según la gravedad, hay base fundada para alegar prescripción.

Cómo alegar la prescripción ante la DGT

La prescripción no opera automáticamente: debes alegarla expresamente. El procedimiento es:

  1. Actúa dentro de plazo. Si has recibido la notificación de denuncia, tienes 20 días hábiles para presentar alegaciones. Si ya hay resolución sancionadora, tienes 1 mes para el recurso de alzada.
  2. Redacta el escrito invocando la prescripción. Cita expresamente el artículo 90 LTSV, indica la fecha de la infracción, la fecha de la primera notificación recibida y el cálculo del tiempo transcurrido.
  3. Aporta documentación acreditativa. Si tienes el sobre de la notificación con el matasellos, los extractos del DEH (Dirección Electrónica Habitual) o cualquier prueba de la fecha de recepción, adjúntala.
  4. Preséntalo por el canal correcto. Sede electrónica de la DGT (si tienes certificado digital), ventanilla de la Jefatura Provincial de Tráfico o registro administrativo.

Importante: Alegar prescripción es compatible con alegar otros motivos (falta de prueba, vicios en la notificación, error en los datos). No son excluyentes. Un abogado puede identificar todos los argumentos a la vez.

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Preguntas frecuentes sobre prescripción de multas DGT

¿Cuándo prescribe una multa de tráfico de la DGT?

Las infracciones leves prescriben a los 3 meses, las graves a los 6 meses y las muy graves al año (art. 90 LTSV). El cómputo comienza desde la fecha de comisión de la infracción, no desde la notificación.

¿Qué interrumpe la prescripción de una multa de tráfico?

Interrumpen la prescripción: la notificación de la denuncia al infractor, cualquier acto de instrucción del procedimiento sancionador notificado al interesado, y la presentación de alegaciones o recursos por parte del infractor.

¿Puede prescribir una multa que ya está pagada?

No. Una vez que pagas la multa, el procedimiento se archiva y la prescripción deja de tener relevancia. La prescripción solo opera mientras el procedimiento está en curso o antes de que se inicie.

¿Cómo alego la prescripción de una multa?

Presentando un escrito de alegaciones o recurso ante el órgano sancionador, invocando el art. 90 LTSV, con el cálculo del plazo transcurrido entre la fecha de la infracción y la primera notificación válida. Es recomendable aportar documentación que acredite ambas fechas.

¿Prescribe también la sanción una vez dictada resolución?

Sí. Las sanciones de tráfico firmes caducan al año desde que la resolución es firme si la DGT no ha iniciado la ejecución (art. 92 LTSV).