¿Qué es la prescripción de deudas?

La prescripción es un mecanismo jurídico que limita en el tiempo el derecho de un acreedor a reclamar una deuda por vía judicial. Transcurrido el plazo legal sin que el acreedor haya ejercitado su derecho, el deudor puede oponer la prescripción como excepción y el juez desestimará la demanda.

Es importante entender qué la prescripción no extingue la deuda en sentido estricto: la obligación sigue existiendo como obligación natural. Lo que desaparece es la acción judicial para exigirla. Si pagas voluntariamente una deuda prescrita, ese pago es válido y no puedes reclamarlo de vuelta.

Atención: la prescripción no opera de oficio. El juez no la aplica automáticamente. Si te demandan por una deuda prescrita y no la alegas en tu escrito de oposición, puedes ser condenado a pagar. Es imprescindible actuar dentro de los plazos procesales.

Plazos de prescripción por tipo de deuda

La reforma del artículo 1964 del Código Civil operada por la Ley 42/2015 redujo el plazo general de prescripción de las acciones personales de 15 a 5 años, con efectos desde el 7 de octubre de 2015. Esta es la tabla de plazos vigente en 2026:

Tipo de deuda Plazo de prescripción Fundamento legal
Préstamos personales y créditos al consumo 5 años Art. 1964 CC (acción personal)
Deudas de tarjeta de crédito (revolving y convencional) 5 años Art. 1964 CC
Deuda hipotecaria (acción real sobre el inmueble) 20 años Art. 1964 CC (acción real hipotecaria)
Deudas laborales (salarios, indemnizaciones) 1 año Art. 59 ET (Estatuto de los Trabajadores)
Deudas tributarias (impuestos, sanciones Hacienda) 4 años Art. 66 LGT (Ley General Tributaria)
Deudas de la Seguridad Social (cuotas) 4 años Art. 24 LGSS
Alquileres impagados 5 años Art. 1966 CC
Deudas entre particulares (préstamos sin interés) 5 años Art. 1964 CC
Responsabilidad extracontractual (daños) 1 año Art. 1968.2 CC

Sobre el cómputo del plazo: el plazo comienza desde que la deuda se hizo exigible, es decir, desde el vencimiento o primer impago. Si la deuda tiene cuotas periódicas, cada cuota impagada genera su propio plazo de prescripción independiente.

Carta de reclamación de deuda — ejemplo de interrupción de prescripción

¿Cómo se interrumpe la prescripción de una deuda?

Este es el aspecto más crítico y que más confusión genera. El artículo 1973 del Código Civil establece que la prescripción se interrumpe por tres causas, y cada interrupción reinicia el plazo completo desde cero:

1. Reclamación extrajudicial del acreedor

Cualquier acto fehaciente del acreedor reclamando la deuda interrumpe la prescripción: burofax, carta certificada con acuse de recibo, correo electrónico con confirmación de lectura, llamada telefónica con constancia grabada. Las llamadas de call centers de empresas de cobro, si queda constancia, también pueden interrumpir la prescripción.

Una simple carta ordinaria sin acuse de recibo no garantiza la interrupción, aunque el acreedor podría intentar acreditarla por otros medios.

2. Reconocimiento de la deuda por el deudor

Cualquier acto del deudor que implique reconocer la existencia de la deuda interrumpe la prescripción: un pago parcial, responder a una reclamación sin negar la deuda, solicitar una refinanciación o aplazamiento, o enviar un escrito reconociendo el saldo pendiente.

Error frecuente: muchos deudores responden a reclamaciones de empresas de cobro diciendo "lo pagaré cuando pueda" o haciendo un pago simbólico para "ganar tiempo". Estos actos interrumpen la prescripción y reinician el plazo completo. Si la deuda puede estar prescrita, no respondas ni pagues nada sin consultar antes.

3. Ejercicio de acción judicial

La presentación de una demanda o de una petición de juicio monitorio interrumpe la prescripción desde la fecha de presentación en el registro del juzgado, aunque todavía no se haya notificado al deudor.

¿Crees que tu deuda puede haber prescrito?

Revisamos tu caso gratis: analizamos las fechas, la actividad del acreedor y si tienes argumentos sólidos para oponer la prescripción o impugnar la reclamación.

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¿Qué ocurre con las deudas en ficheros de morosidad (ASNEF)?

La prescripción de la deuda y la permanencia en ficheros de morosos son cuestiones distintas, aunque relacionadas:

  • El plazo máximo de permanencia en ASNEF (o Experian/Equifax) es de 5 años desde que la deuda fue incluida en el fichero, según la LOPDGDD y el RGPD.
  • Transcurridos esos 5 años, el fichero debe cancelar tus datos de forma obligatoria, aunque la deuda siga impagada.
  • Si llevas más de 5 años en ASNEF por la misma deuda, puedes solicitar la cancelación directamente ante la empresa del fichero y, si no atienden tu solicitud, reclamar ante la AEPD.
  • La cancelación en el fichero no extingue la deuda: el acreedor puede seguir reclamándola por vía judicial si el plazo de prescripción no ha transcurrido.

¿Qué pasa si me demandan por una deuda prescrita?

Recibir una demanda judicial —ya sea un juicio monitorio o un juicio ordinario— por una deuda que puede haber prescrito no significa que vayas a perder. La clave es actuar dentro del plazo de oposición y alegar correctamente la prescripción.

1
Recibe la demanda y anota el plazo de oposición

En el juicio monitorio tienes 20 días hábiles para oponerte. En el juicio ordinario, 20 días. En el juicio verbal (deudas hasta 6.000 €), recibirás citación para el acto del juicio y deberás oponer la prescripción oralmente. No dejes pasar el plazo: si no te opones, el juzgado dictará auto de condena y la deuda se convertirá en título ejecutivo.

2
Recopila documentación sobre las fechas

Para alegar la prescripción necesitas acreditar cuándo nació la deuda y que desde entonces ha transcurrido el plazo legal sin interrupción: extractos bancarios con la fecha del último pago, contratos, correspondencia. Si no tienes documentación, podemos solicitarla al acreedor en el proceso.

3
Presenta el escrito de oposición alegando la prescripción

El escrito debe identificar el procedimiento, alegar expresamente la prescripción con su fundamento legal (art. 1964 CC u otro aplicable), indicar la fecha de vencimiento de la deuda y que desde entonces no ha habido interrupción. Si el acreedor alega alguna interrupción, deberás rebatirla con los hechos y documentos que tengas.

4
El juez resuelve

Si la prescripción queda acreditada, el juez desestimará la demanda y el acreedor perderá cualquier posibilidad de reclamar esa deuda en lo sucesivo (la prescripción apreciada en sentencia produce efecto de cosa juzgada). En muchos casos, el acreedor también puede ser condenado en costas.

Estrategias habituales de los acreedores para evitar la prescripción

Las entidades financieras y las empresas de gestión de cobros conocen bien las reglas de la prescripción. Estas son las prácticas más frecuentes que utilizan para interrumpirla:

  • Cesión de la deuda a fondos de gestión: cuando una entidad vende la cartera de impagados a un fondo de cobros, el nuevo titular mantiene los mismos derechos que el cedente, incluido el plazo de prescripción que ya estaba corriendo. La cesión en sí no interrumpe la prescripción.
  • Envíos masivos de burofax: cada vez que el acreedor envía un burofax reclamando el saldo, el plazo se reinicia. Por eso es habitual recibir reclamaciones periódicas aunque parezcan sistemáticas.
  • Llamadas de call centers: si la llamada queda grabada o el operador levanta acta, puede acreditarse como reclamación fehaciente. Sin embargo, la carga de la prueba recae sobre el acreedor.
  • Petición de monitorio "preventivo": presentar la demanda monitoria poco antes de que venza el plazo es una práctica habitual. Aunque la deuda sea antigua, si la presentan a tiempo, la prescripción no opera.

¿Las deudas con la Hacienda Pública prescriben igual?

Las deudas tributarias tienen su propio régimen de prescripción, regulado en los artículos 66 a 70 de la Ley General Tributaria. El plazo es de 4 años y se computa de forma diferente:

  • El plazo comienza desde el día siguiente al que finaliza el plazo de presentación voluntaria de la declaración o autoliquidación.
  • La interrupción se produce por cualquier actuación de la AEAT (requerimiento, notificación de inicio de inspección, liquidación provisional) o del contribuyente (presentación de declaración complementaria, solicitud de aplazamiento).
  • Las interrupciones en materia tributaria son muy frecuentes: prácticamente cualquier acto administrativo formal interrumpe el plazo.
  • Las sanciones tributarias prescriben en 4 años, plazo que es independiente del de la deuda tributaria principal.

Consejo importante: si sospechas que Hacienda está intentando liquidarte una deuda tributaria cuyo plazo de prescripción puede haber vencido, verifica si ha existido alguna actuación interrumpiva antes de responder. La respuesta misma puede interrumpir la prescripción.

¿Cuánto cuesta que un abogado analice si tu deuda ha prescrito?

En LexReclama el análisis inicial es gratuito. Revisamos las fechas, los documentos disponibles y la actividad del acreedor para darte una valoración preliminar sin coste. Si hay base para oponer la prescripción en un procedimiento judicial en curso, nuestros honorarios dependen del tipo de procedimiento:

Servicio Honorarios
Análisis de prescripción (consulta inicial) Gratuito
Escrito de oposición en juicio monitorio (prescripción) Desde 149 €
Defensa en juicio verbal por prescripción Desde 189 €
Defensa completa en juicio ordinario (prescripción + otras excepciones) Desde 349 €

Condena en costas: si el juez desestima la demanda por prescripción y condena en costas al acreedor, los honorarios de abogado pueden ser repercutidos a la parte contraria. En muchos casos, el coste del servicio queda totalmente cubierto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene el banco para reclamar una deuda?

Para préstamos personales y tarjetas, el plazo general es de 5 años desde el primer impago o el vencimiento del préstamo (art. 1964 CC). Para deudas hipotecarias, el plazo de la acción real es de 20 años. Estos plazos se reinician si el banco realiza reclamaciones fehacientes o si el deudor reconoce la deuda.

¿Qué pasa si una deuda prescribe?

La deuda sigue existiendo como obligación natural, pero el acreedor pierde el derecho a exigirla judicialmente. Si pagan voluntariamente una deuda prescrita, ese pago es válido. Si te demandan, debes alegar la prescripción en tu escrito de oposición: el juez no la aplica de oficio.

¿Cómo se interrumpe la prescripción de una deuda?

Por reclamación extrajudicial fehaciente del acreedor (burofax, carta certificada), por reconocimiento de la deuda por el deudor (pago parcial, solicitud de aplazamiento) o por ejercicio de acción judicial. Cada interrupción reinicia el plazo completo desde cero.

¿Las deudas prescritas aparecen en ASNEF?

Solo si llevan menos de 5 años en el fichero. La LOPDGDD limita a 5 años la permanencia en ficheros de morosos, independientemente de si la deuda está prescrita o no. Transcurridos esos 5 años, tienes derecho a solicitar la cancelación de tus datos ante el propio fichero o ante la AEPD.

¿Qué hago si recibo una demanda por una deuda que creo que ha prescrito?

No ignores la demanda. Tienes 20 días hábiles para oponerte en el juicio monitorio. Contacta de inmediato con un abogado para verificar si la prescripción es alegable y presentar la oposición dentro de plazo. Si no te opones, el juzgado dictará auto de ejecución.

¿Te están reclamando una deuda antigua?

Puede que ya haya prescrito. Cuéntanos tu caso: análisis gratuito en 24h, y si hay base para oponerla, te representamos desde 149 €.

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